Resultados de la consulta salarial 2026 a publicarse en un plazo máximo de 12 horas
La consulta salarial 2026 se llevará a cabo mediante voto personal, libre, directo y secreto en las unidades electorales instaladas en todo el país.

El Sindicato Nacional de Trabajadores del Seguro Social (SNTSS) anunció que publicará los resultados de la consulta salarial 2026 en un plazo máximo de 12 horas después del cierre de las urnas programado para este viernes a las 21:00 horas.
La consulta, en la que participarán alrededor de 500.000 trabajadores de base con contrato vigente en todo el país, busca determinar si se respalda o rechaza un ajuste económico pactado con las autoridades del Instituto Mexicano del Seguro Social.
Según las bases establecidas en la convocatoria oficial emitida por el comité ejecutivo nacional del gremio encabezado por Rafael Olivos Hernández, este ajuste consiste en un 9% destinado al concepto de ayuda de renta. Este ajuste será aplicado para la revisión salarial del periodo 2026-2027.
Las comisiones locales sindicales publicarán los resultados de la consulta nacional en un plazo no mayor a 12 horas en sitios que permitan una mayor difusión posible, y estos serán entregados por la comisión nacional sindical a través de la comisión seccional sindical.
La jornada de consulta salarial se llevará a cabo mediante voto personal, libre, directo y secreto en las unidades electorales instaladas en todo el país.
El recuento de votos será público y transparente, llevándose a cabo al término de la jornada de consulta por parte de los integrantes de la comisión local sindical de cada unidad electoral. Se levantará acta por triplicado con el resultado de los mismos.
La voluntad mayoritaria expresada en la consulta constituirá el resultado final, que será asumido por el Comité Ejecutivo Nacional para determinar las acciones necesarias en el proceso de revisión salarial.
En caso de dudas o incertidumbres en la aplicación de la convocatoria, se contará con la asistencia técnica del organismo regulador y la orientación de la comisión nacional sindical, que podrá recurrir al Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral si es necesario.
Datos basados en información reportada originalmente por El Economista.
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