El 28 de abril, el senador Jorge Carlos Ramírez Marín, del Partido Verde Ecologista de México, presentó una iniciativa para reformar el artículo 6 de la Constitución Federal, buscando establecer un nuevo derecho humano: el derecho a la “identidad digital”. Este concepto se define como la proyección digital auténtica y verificable de las personas en entornos virtuales.
La propuesta tiene como uno de sus principales objetivos combatir los “deepfakes”, reconocidos por su capacidad de vulnerar derechos fundamentales. Sin embargo, la exposición de motivos sugiere que el senador tiene en mente un impacto político-electoral más amplio. Específicamente, la iniciativa plantea que el uso indebido de tecnologías digitales ha crecido exponencialmente, especialmente en contextos electorales, generando riesgos concretos para la estabilidad democrática y la confianza pública. La creación de contenido falso se considera una forma de apropiación indebida de la identidad, lo que, según Ramírez, pone en peligro los fundamentos del Estado democrático.
La propuesta se alinea con el llamado “compromiso con la soberanía digital”. Según el senador, es urgente anticipar y mitigar los efectos de tecnologías emergentes que podrían socavar los pilares del Estado de derecho. Aunque en un contexto de sólidos marcos jurídicos esta iniciativa podría parecer un intento legítimo de proteger a los ciudadanos de la Inteligencia Artificial, el significado de términos como “desinformación” y “soberanía digital” ha sido históricamente sospechoso y a menudo se ha utilizado para justificar medidas que limitan la libertad de expresión.
La iniciativa tiene la intención de agregar un nuevo apartado al artículo 6º constitucional que reconoce el derecho de toda persona a la protección de su identidad digital. Este derecho cubriría la protección frente a la creación y utilización de representaciones sintéticas o digitales realizadas sin el consentimiento explícito de la persona. Sin embargo, la redacción también sugiere que se prohibiría la difusión de cualquier contenido que reproduzca la identidad de una persona sin su consentimiento, lo cual podría tener implicaciones graves para el ejercicio del periodismo.
A pesar de que el texto menciona que se considerarán los criterios de libertad de expresión y ejercicio periodístico, la simple inclusión de esta cláusula no es suficiente para asegurar que la reforma no tendrá efectos censuradores. Se presenta un escenario en el cual la mención de la libertad de expresión podría interpretarse como un intento deliberado de blindar la reforma contra críticas, generando así un terreno fértil para el debate sobre su verdadera intención.
El marco propuesto por el senador Ramírez Marín es significativo no solo por la innovación que representa respecto a la identidad digital, sino también por las repercusiones que podría tener en el ejercicio de derechos fundamentales. En un momento donde la desinformación digital es un tema candente, el debate sobre la certeza y la autenticidad en el mundo digital es más relevante que nunca.
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