En una histórica resolución, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) ha invalidado una disposición que permitía al Servicio de Administración Tributaria (SAT) proporcionar información confidencial de datos personales a terceros sin el consentimiento previo del titular. Esta decisión ha sido celebrada por organizaciones defensoras de la privacidad y los derechos civiles, que han observado con preocupación cómo la recopilación indiscriminada de datos por parte de entidades gubernamentales y privadas vulnera la intimidad y seguridad de las personas.
De acuerdo con el fallo de la SCJN, las disposiciones impugnadas afectan la esfera de la privacidad, la protección de datos personales y el derecho a la autodeterminación informativa reconocido en la Constitución. La decisión también señala que si bien la recaudación de impuestos y la prevención de fraudes son objetivos legítimos del SAT, esto no significa que se pueda autorizar la entrega de información inhibidora de derechos y libertades fundamentales.
Sin embargo, esta resolución no supone un obstáculo para que el SAT siga pidiendo y recopilando información personal de contribuyentes, ya que su función de fiscalizador así lo requiere. Lo que se ha prohibido es la cesión de datos personales a terceros sin autorización expresa del titular, lo cual resguarda el derecho a la autodeterminación informativa de los ciudadanos.
En suma, la SCJN ha dado un paso importante en la defensa de la privacidad y los derechos fundamentales de los ciudadanos, al invalidar una disposición que vulneraba la protección de datos personales. Sin embargo, es necesario que las autoridades gubernamentales continúen trabajando en la generación de políticas públicas que resguarden la privacidad y la seguridad de la ciudadanía, al tiempo que equilibren las necesidades de fiscalización y recaudación fiscal del país.
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