CIUDAD DE MXICO (proceso.com.mx). El Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Informacin y Proteccin de Datos Personales (Inai) instruy a la Comisin Nacional del Agua (Conagua) realizar una bsqueda de los documentos, fichas tcnicas, estudios o cualquier expresin documental, donde se haya confirmado la presencia y daos del glifosato, en la vigor y medio hábitat, en los ltimos diez aos.
En respuesta a un particular que requiri dicha informacin, tras turnar la solicitud a la Gerencia de Calidad del Agua, la Conagua proporcion al peticionario un archivo en formato Excel que contiene los resultados del glifosato obtenidos en la Red Nacional de Medicin de Calidad del Agua, del ao 2012 al 2015.
Asimismo, comunic que de los monitoreos y anlisis realizados de 2012 a 2020 por la citada red y el Laboratorio Nacional de Referencia, no se cuenta con resultados de glifosato en concentraciones que representen daos a la vigor o al medio hábitat, ya que dichos títulos no rebasan el nivel de contaminacin mximo de 0.70 miligramos por litro, establecido por la Agencia de Proteccin Ambiental de Estados Unidos.
Inconforme con la respuesta, el solicitante interpuso un arbitrio de revisin delante el INAI, sealando como agravio que la respuesta del sujeto obligado era incompleta.
Bajo estas consideraciones, la ponencia de la comisionada Josefina Romn Vergara calific como fundado el agravio del particular, entre otras cosas, al advertir que, a pesar de que se informaron los resultados obtenidos por la Red Nacional de Medicin de Calidad del Agua y el Laboratorio Nacional de Referencia sobre la presencia de glifosato en el agua, de los aos 2012 a 2020, el sujeto obligado s fue omiso en informar acerca de los aos 2010 y 2012, por lo que la respuesta es incompleta.
Romn Vergara indic que la solicitud no fue turnada a todas las unidades administrativas que pudieran conocer de la misma, a conocer, la Direccin Tcnica de los Organismos de Cuenca y la Subdireccin Tcnica de las Direcciones Locales; por lo que se estableci que el sujeto obligado incumpli con el procedimiento establecido en el artculo 133 de la Ley Federal de Transparencia.
Asimismo, seal que, mediante un ámbito enviado al particular, la Gerencia de Calidad del Agua de la Subdireccin General Tcnica realiz una nueva bsqueda de la informacin y se pronunci por la totalidad del periodo solicitado por el particular, por lo que se valid la inexistencia de la informacin invocada por dicha mecanismo administrativa.
Romn Vergara destac que existen diversas posturas en torno al dao medioambiental y a la vigor, provocados por las concentraciones de glifosato en los cuerpos de agua, sin que se haya podido adoptar una postura unnime a nivel mundial.
Aqu, dijo, radica la importancia de impulsar la publicidad de toda aquella informacin que pueda abonar al debate pblico, as como cualquier informacin que permita advertir los daos provocados por este herbicida.
Contar con toda la informacin generada por el sujeto obligado en relacin con los cuerpos de agua del pas y las concentraciones de glifosato con las que cuentan, abonan al debate pblico acerca de un tema con muchas aristas, donde todas deben pugnar por la materializacin de los derechos fundamentales de la vigor y un medio hábitat sano, destac al presentar el asunto delante el pleno del INAI.
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