El reciente ajuste a la Ley Federal de Competencia Económica en 2025 ha cambiado drásticamente el panorama para las empresas en México, especialmente en lo que respecta al intercambio de información entre competidores. Las nuevas regulaciones elevan considerablemente los riesgos asociados a estas prácticas, que ahora podrían enfrentar sanciones incluso sin estar directamente relacionadas con conductas colusorias.
Un aspecto crucial es la categorización de la información considerada sensible. El intercambio de datos estratégicos, como precios futuros, descuentos, condiciones de venta y lista de clientes, es visto con ojos muy críticos por la autoridad de competencia. Esta información puede reducir la incertidumbre competitiva y facilitar una armonización de conductas entre las empresas.
El riesgo se intensifica cuando la información compartida es individualizada, reciente y no pública. Se ha identificado que los datos desagregados, que se intercambian frecuentemente, son los más problemáticos, mientras que aquellos que son públicos, históricos y tratados bajo estrictas normas de acceso resultan menos preocupantes.
Además, el contexto del mercado es determinante. En mercados concentrados y transparentes, donde los productos son homogéneos y la innovación escasa, el control sobre las prácticas de intercambio de información es más riguroso. En estos espacios, los competidores pueden desarrollar comportamientos coordinados más fácilmente.
Las cámaras y asociaciones empresariales desempeñan roles legítimos, como la representación y la capacitación, pero también pueden convertirse en terrenos delicados para el intercambio de información, donde deben extremar precauciones. Asimismo, los intermediarios y terceros, como proveedores comunes o empresas de inteligencia de mercado, representan un canal potencialmente riesgoso para la transmisión de información estratégica.
Se reconocen situaciones donde el intercambio de información puede ser necesario, como en concentraciones o joint ventures, aunque es fundamental establecer límites claros para evitar malentendidos que puedan comprometer la competencia leal. Por otro lado, las comunicaciones unilaterales, como anuncios y declaraciones públicas, también pueden ser interpretadas erróneamente como señales de coordinación entre competidores, complicando aún más el panorama.
La participación de un mismo directivo en varias empresas competidoras también puede suscitar desconfianza, convirtiendo a estos ejecutivos en conduits involuntarios de información estratégica.
En este nuevo entorno regulatorio, las empresas deben adoptar un enfoque más cauteloso respecto al intercambio de información. Establecer una cultura de cumplimiento y contar con controles internos adecuados se vuelve esencial. Fomentar un ambiente donde competir con integridad sea parte de la responsabilidad social empresarial no solo es recomendable, sino una necesidad en la actualidad.
Con los cambios implementados, resulta fundamental que las empresas se preparen y adapten para evitar sanciones severas. El compromiso con una competencia justa debe ser el norte a seguir en el camino hacia un desarrollo empresarial más ético y responsable.
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