El reciente fallo de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) ha marcado un hito significativo en la interpretación del marco constitucional mexicano, específicamente en lo referente al diseño y la elección del Poder Judicial en las entidades federativas. Este pronunciamiento, derivado de la acción de inconstitucionalidad 92/2025 promovida por el Ejecutivo Federal, ofrece un análisis profundo sobre el alcance de la libertad configurativa de los congresos locales.
En su resolución, la SCJN ha declarado la invalidez de ciertas disposiciones de las constituciones de Nayarit y Guerrero, así como de la Ley Orgánica del Poder Judicial de Durango. Según la ponencia de Estela Ríos González, los congresos locales tienen la facultad de adecuar sus normativas a los contextos específicos de sus entidades, siempre y cuando no transgredan el marco constitucional federal. Este aspecto permite que, aunque las entidades federativas busquen innovar en el diseño de sus poderes judiciales, lo hagan sin modificar ni desnaturalizar la normativa federal establecida.
Particularmente relevante es el reconocimiento de la validez de la disposición en la Constitución de Nayarit, que permite proponer hasta dos candidatos para cada cargo y hasta tres en el caso de jueces. Este enfoque busca garantizar una selección equitativa y plural en el proceso de elección judicial, siempre bajo la premisa de que la independencia judicial debe ser preservar.
Un aspecto crucial en el fallo es la invalidación del procedimiento de elección de los magistrados en Durango, donde se había estipulado una duración de nueve años para el cargo de magistrados y tres para la presidencia del Tribunal de Disciplina Judicial. La Corte reafirmó que la Constitución establece períodos de seis y dos años respectivamente, promoviendo así una uniformidad temporal que se alinea con los principios federales.
En Guerrero, la Corte también invalidó un método de elección interna para la presidencia del Órgano de Administración Judicial y del Tribunal de Disciplina Judicial, que, para el año 2027, se consideraba contrario a los lineamientos del modelo federal. Este tipo de decisiones subraya la importancia de la coherencia y el respeto a las estructuras judiciales emanadas de la Constitución.
Este fallo no solo establece precedentes en la distribución y ejercicio del poder judicial en las entidades, sino que también resalta el papel fundamental de la SCJN como guardiana de la Constitución, asegurando que las leyes y normativas vigentes se mantengan en consonancia con los principios democráticos establecidos a nivel federal. Así, el camino hacia un poder judicial más independiente y regulado se afianza, reforzando las bases de la justicia en México.
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